{"id":54973,"date":"2025-11-05T00:31:39","date_gmt":"2025-11-05T00:31:39","guid":{"rendered":"http:\/\/elcensornoticias.com\/?p=54973"},"modified":"2025-11-05T00:31:51","modified_gmt":"2025-11-05T00:31:51","slug":"confirma-tet-financiamiento-2026-para-mc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elcensornoticias.com\/?p=54973","title":{"rendered":"Confirma TET financiamiento 2026 para MC"},"content":{"rendered":"\n<p>En la sesi\u00f3n ordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), se atendieron tres medios de impugnaci\u00f3n, en el primero, las magistraturas confirmaron el financiamiento 2026 para Movimiento Ciudadano, adem\u00e1s desech\u00f3 una demanda laboral que qued\u00f3 sin efectos y mult\u00f3 a una personal se\u00f1alada por incurrir en Violencia Pol\u00edtica contra las Mujeres en Raz\u00f3n de G\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>En el Juicio Electoral TET-JE-070\/2025 promovido por el Representante Propietario del Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico, en contra del Acuerdo ITE-CG 81\/2025, por el que se aprob\u00f3 el proyecto de presupuesto de egresos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para el ejercicio fiscal 2026, quien consider\u00f3 que el organismo debi\u00f3 aplicar lo contenido en el art\u00edculo 88 de la Ley de Partidos Pol\u00edticos Local, en virtud de que el 19 de noviembre de 2024, la Diputada Sandra Guadalupe Aguilar Vega renunci\u00f3 a su militancia en ese partido, por lo que Movimiento Ciudadano dej\u00f3 de tener representaci\u00f3n en el Congreso del Estado, el agravio fue calificado como infundado.<\/p>\n\n\n\n<p>En el proyecto se se\u00f1al\u00f3 que el hecho de que la diputada del partido pol\u00edtico Movimiento Ciudadano haya renunciado a su representaci\u00f3n en el Congreso del Estado, no actualiza que dicho partido deba recibir financiamiento con base en la modalidad prevista en el art\u00edculo 88 de la Ley de Partidos Local, porque el dise\u00f1o normativo que rige el financiamiento p\u00fablico que reciben los partidos pol\u00edticos dispone que, una vez que un partido se sit\u00faa en una modalidad (ordinaria o excepcional) para la asignaci\u00f3n de financiamiento, su representaci\u00f3n ante el Congreso ya no se prev\u00e9 como un factor que pueda seguir influyendo en el c\u00e1lculo de tal prerrogativa.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso, derivado del proceso electoral local ordinario 2023-2024, el partido pol\u00edtico Movimiento Ciudadano consigui\u00f3 obtener una diputaci\u00f3n local, lo que lo coloc\u00f3 fuera del supuesto de excepci\u00f3n previsto en el art\u00edculo 88 de la Ley Local de Partidos. Consecuentemente, se situ\u00f3 en la modalidad ordinaria para el c\u00e1lculo de su financiamiento p\u00fablico. De esta manera, la variaci\u00f3n que sufri\u00f3 la representaci\u00f3n del partido Movimiento Ciudadano ante el Congreso local, no puede afectar la modalidad en la que recibe financiamiento. Ello porque, se insiste, el criterio de equidad que opera conforme a la regla general es la fuerza electoral del partido, y no propiamente su representaci\u00f3n legislativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Derivado de lo anterior, la autoridad jurisdiccional consider\u00f3 que fue apegado a derecho que la autoridad responsable determinara que el financiamiento p\u00fablico que le corresponde al Partido Movimiento Ciudadano se encuentra regulado por la modalidad ordinaria, y no conforme al supuesto de excepci\u00f3n previsto en el art\u00edculo 88 de la Ley de Partidos Local, como lo sostiene la parte actora, por lo que, el agravio \u00fanico de este medio de impugnaci\u00f3n fue calificado como infundado y, en consecuencia, se<\/p>\n\n\n\n<p>confirm\u00f3 el Acuerdo ITE-CG-81\/2025, en la parte relativa a la asignaci\u00f3n de prerrogativas al Partido Movimiento Ciudadano.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente, en el Acuerdo Plenario del Juicio de Conflictos o Diferencias Laborales JCDL-072\/2025, promovido por una ciudadana en su car\u00e1cter de ex trabajadora del ITE el pasado 27 de febrero ante el Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje del Estado de Tlaxcala, fue desechada la demanda, ante el cambio de situaci\u00f3n jur\u00eddica, ya que, en fecha posterior a la presentaci\u00f3n del escrito de demanda, tanto la actora como la autoridad responsable, firmaron Convenio de Terminaci\u00f3n Voluntaria de la Relaci\u00f3n de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo, las partes manifestaron por mutuo consentimiento y de forma voluntaria la terminaci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral del ITE con la actora respecto del cargo que desempe\u00f1aba, as\u00ed como la cantidad que recibir\u00eda con motivo de la firma del convenio.<\/p>\n\n\n\n<p>Posterior a ello, mediante comparecencia en las instalaciones del TET, la actora ratific\u00f3 el convenio en cita en todas y cada una de sus partes, solicitando que el mismo se elevara a categor\u00eda de cosa juzgada para todos los efectos legales correspondientes, y en cuya diligencia, las magistraturas integrantes del Pleno ordenaron el archivo del asunto como total y definitivamente concluido.<\/p>\n\n\n\n<p>La firma del Convenio de Terminaci\u00f3n Voluntaria de la Relaci\u00f3n de Trabajo, correspondi\u00f3 a un acto jur\u00eddico posterior, que satisfizo la pretensi\u00f3n de la actora, con lo que se actualiz\u00f3 la causal de improcedencia prevista en el art\u00edculo 24 numeral I, e) y 25 fracci\u00f3n I, de la Ley de Medios de Impugnaci\u00f3n y al no ser admitido fue desechado.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, en el Acuerdo Plenario, dentro del Procedimiento Especial Sancionador TET-PES-06\/2022, por el que se declar\u00f3 incumplida parcialmente la sentencia dictada en este asunto, se determin\u00f3 multar a quien result\u00f3 responsable de la comisi\u00f3n de violencia pol\u00edtica contra la mujer en raz\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>El TET dict\u00f3 sentencia en la que se declar\u00f3 que dos de las publicaciones denunciadas constituyeron violencia pol\u00edtica contra la mujer en raz\u00f3n de g\u00e9nero y por ello se orden\u00f3 a la persona que result\u00f3 responsable realizara lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p>Que las publicaciones contin\u00faen canceladas o eliminadas de forma definitiva; y, como medida de no repetici\u00f3n, se instruy\u00f3 a quien result\u00f3 responsable para que se inscribiera y concluyera de manera satisfactoria un curso en materia de Violencia Pol\u00edtica Contra la Mujer en Raz\u00f3n de G\u00e9nero, el cual deber\u00e1 orientarse a la promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los derechos de las mujeres, adem\u00e1s de que deb\u00eda informar al TET, el nombre del curso que realizara, as\u00ed como todos los datos necesarios para su identificaci\u00f3n y conclusi\u00f3n, para lo cual deb\u00eda remitir las constancias que acreditaran su dicho.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, respecto del curso que deb\u00eda tomar la persona que result\u00f3 responsable, no obstante de haberse realizado diversos requerimientos por parte del Tribunal, el \u00faltimo de ellos en acuerdo plenario de 04 de octubre de 2024, dicha persona no present\u00f3 informaci\u00f3n alguna al respecto, ni obra en actuaciones constancia alguna que acredite que ya hubiera realizado lo que se le orden\u00f3, por lo que, se aval\u00f3 tener por<\/p>\n\n\n\n<p>incumplida la sentencia dictada en este asunto de manera parcial, espec\u00edficamente respecto de la medida de no repetici\u00f3n y se aprob\u00f3 imponer una medida de apremio, a trav\u00e9s de una multa, considerando la naturaleza y magnitud de la falta cometida.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la sesi\u00f3n ordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), se atendieron tres medios de impugnaci\u00f3n, en el primero, las magistraturas confirmaron el financiamiento 2026 para Movimiento Ciudadano, adem\u00e1s desech\u00f3 una demanda laboral que qued\u00f3 sin efectos y mult\u00f3 a una personal se\u00f1alada por incurrir en Violencia Pol\u00edtica contra las Mujeres en Raz\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":54974,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_is_tweetstorm":false,"jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","enabled":false}}},"categories":[2,3],"tags":[],"class_list":["post-54973","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas","category-gobierno"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/elcensornoticias.com\/wp-content\/uploads\/2025\/11\/1103-sesion-1.jpg","jetpack_likes_enabled":true,"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p6xy50-eiF","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54973","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=54973"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54973\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":54975,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/54973\/revisions\/54975"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/54974"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=54973"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=54973"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elcensornoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=54973"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}