{"id":30874,"date":"2023-08-01T01:44:14","date_gmt":"2023-08-01T01:44:14","guid":{"rendered":"http:\/\/elcensornoticias.com\/?p=30874"},"modified":"2023-08-01T01:44:16","modified_gmt":"2023-08-01T01:44:16","slug":"confirma-tet-negativa-de-registro-de-nuevos-partidos-politicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elcensornoticias.com\/?p=30874","title":{"rendered":"Confirma TET negativa de registro de nuevos partidos pol\u00edticos"},"content":{"rendered":"\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Amonesta p\u00fablicamente a autoridades municipales de San Lucas Tecopilco<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En sesi\u00f3n extraordinaria, quienes integran el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), resolvieron siete asuntos, entre los que se consideraron los expedientes relativos a las impugnaciones promovidas por representantes de las asociaciones civiles que buscan constituirse como partidos pol\u00edticos locales, en los que, con votos particulares, todos confirmaron los acuerdos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), a trav\u00e9s de los que se les neg\u00f3 su registro.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta forma, se aprob\u00f3 el expediente TET-JDC-025\/2023 promovido por el representante legal de la Organizaci\u00f3n \u201cUnificaci\u00f3n y Evoluci\u00f3n\u201d a fin de controvertir la determinaci\u00f3n del Consejo General del ITE por la que, determin\u00f3 declarar improcedente su solicitud de registro como partido pol\u00edtico local, cuyos agravios, -tras el an\u00e1lisis de la autoridad jurisdiccional- se calificaron como infundados e inoperantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la votaci\u00f3n, el Magistrado Miguel Nava Xochitiotzi anunci\u00f3 la emisi\u00f3n de un voto particular, al considerar que el Reglamento para la constituci\u00f3n y registro de partidos pol\u00edticos locales es inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, los expedientes TET-JE-022\/2023 y TET-JDC-030 presentados por el representante Legal de la organizaci\u00f3n \u00abEspacio Democr\u00e1tico de Tlaxcala\u00bb, se acumularon al TET-JE-20\/2023, pues todos controvierten determinaciones del Consejo General del ITE que se relacionan con sanciones impuestas por el incumplimiento de las obligaciones de dicha organizaci\u00f3n, respecto de informar el origen y destino de sus recursos, as\u00ed como la negativa de registro como Partido Pol\u00edtico.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, el TET confirm\u00f3 el acuerdo ITE-CG-20\/2023 a trav\u00e9s del cual se determin\u00f3 existente el incumplimiento parcial de la organizaci\u00f3n para informar mensualmente al Instituto sobre el origen y destino de sus recursos, dentro de los primeros 10 d\u00edas de cada mes, mientras que, para atender los agravios por los que fue impugnado el Acuerdo ITE-CG-27\/2023, la autoridad jurisdiccional solicit\u00f3 al ITE emitir un nuevo pronunciamiento sobre las multas a imponer.<\/p>\n\n\n\n<p>En el juicio de la ciudadan\u00eda TET-JDC-029\/2023, la magistrada presidenta y el magistrado por ministerio de Ley, Claudia Salvador Angel y Lino Noe Montiel Sosa, respectivamente, emitieron tambi\u00e9n voto concurrente al resolutivo presentado por la segunda ponencia que confirm\u00f3 la negativa de registro de la organizaci\u00f3n ciudadana Sociedad Independiente \u201cSI\u201d como partido pol\u00edtico local, por haber incumplido con diversas obligaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, coincidieron que, por congruencia, su valoraci\u00f3n manten\u00eda la postura de la constitucionalidad en el procedimiento para el registro de nuevos partidos pol\u00edticos locales, aunque avalaron la confirmaci\u00f3n del acuerdo de negativa de registro a esta organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En el expediente TET-JDC-035\/2023 promovido por una regidora del Ayuntamiento de San Lucas Tecopilco, en contra del Presidente y Tesorero, aprobaron por unanimidad de votos imponer una amonestaci\u00f3n p\u00fablica a los funcionarios se\u00f1alados en la demanda, quienes incurrieron en omisiones que generaron un incumplimiento a la obligaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 11 de la Ley de Medios de Impugnaci\u00f3n local, relativa a que las autoridades del Estado deben cooperar y prestar auxilio al Tribunal Electoral en el tr\u00e1mite de los medios de impugnaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los expedientes TET-JDC-015\/2023, TET-JDC-026\/2023 y TET-JDC-027\/2023, promovidos por la organizaci\u00f3n \u201cCiudadanos por constituirse en Encuentro Solidario Tlaxcala\u201d, fueron acumulados y se aprob\u00f3 tambi\u00e9n por unanimidad de votos, confirmar el oficio impugnado de la Direcci\u00f3n de Prerrogativas, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del ITE, mediante el cual se inform\u00f3 a la Organizaci\u00f3n el n\u00famero de afiliaciones preliminares y precis\u00f3 su derecho de manifestar lo que a su inter\u00e9s conviniera y\/o solicitar la revisi\u00f3n de los registros que no se hubieren contabilizado y que no se hubieren revisado en otra diligencia, ya que la informaci\u00f3n correspond\u00eda a la del Sistema de Registro de Partidos Pol\u00edticos Locales.<\/p>\n\n\n\n<p>El Acuerdo ITE-CG 32\/2023 relativo a la resoluci\u00f3n del Consejo General del ITE por el que se aprueba el dictamen consolidado de la Comisi\u00f3n de Prerrogativas, Partidos Pol\u00edticos, Administraci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n, respecto de los informes mensuales sobre el origen y destino de los recursos correspondientes a la organizaci\u00f3n ciudadana denominada \u201cCiudadanos por constituirse en Encuentro Solidario A.C.\u201d, presentados a partir del mes de enero de este a\u00f1o, fue revocado parcialmente por el TET, pues se consider\u00f3 que ITE vulner\u00f3 el derecho de defensa de la Organizaci\u00f3n Ciudadana al no hacer de su conocimiento aspectos esenciales del procedimiento por el que lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n de que hab\u00eda presentado ingresos por debajo del precio del mercado.<\/p>\n\n\n\n<p>En este expediente acumulado, el TET resolvi\u00f3 tambi\u00e9n confirmar el Acuerdo ITE-CG 34\/2023 por el que el Consejo General del ITE resolvi\u00f3 negar el registro como partido pol\u00edtico local a la Organizaci\u00f3n \u201cCiudadanos por constituirse en Partido Encuentro Solidario, A.C.\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el mismo sentido fue resuelto el expediente TET-JDC-024\/2023, presentado por el representante legal de Renovemos Tlaxcala A.C., pues la autoridad jurisdiccional confirm\u00f3 el acuerdo ITE-CG-30\/2023, por el que se les neg\u00f3 el registro como partido pol\u00edtico local.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el expediente TET-JDC-036\/2023, se desech\u00f3 debido a que el actor pretend\u00eda impugnar determinaciones que carecen de definitividad y firmeza en el marco de un procedimiento especial sancionador y, por tanto, no es susceptible de incidir de manera irreparable en la esfera jur\u00eddica del actor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En sesi\u00f3n extraordinaria, quienes integran el 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